Derechos y obligaciones de los vecinos en una Comunidad de Propietarios

Derechos y obligaciones de los vecinos en una Comunidad de Propietarios

Derechos y obligaciones de los vecinos en una Comunidad de Propietarios

¿Qué es una comunidad de propietarios?

(Por Asesoría Hipólito, su Asesoría en Sevilla)

Una comunidad de propietarios, también conocida como condominio, es una entidad jurídica que se compone de los propietarios del edificio al que representan. Dicha comunidad debe regirse en base a unas normas y a unos estatutos a los que hayan llegado mediante consenso. El objetivo de toda comunidad de vecinos es decidir sobre aquellos asuntos que tienen relación directa con el edificio al que pertenecen el común de los vecinos. Exceptuando Cataluña, todas las comunidades de propietarios de España se rigen por la Ley de Propiedad Horizontal, que regula el uso de los espacios comunes del edificio.

Asimismo, esta ley se complementa con los Estatutos de la Comunidad de Vecinos, redactados de forma interna por todos los propietarios. En Asesoría Hipólito os hablamos hoy de la composición, los derechos y los deberes de los propietarios de las comunidades de vecinos.

¿Cómo se constituye una Comunidad de Propietarios?

La Comunidad de Propietarios se constituye a partir del llamado Título Constitutivo, una escritura pública en la que se declara el edificio como propiedad horizontal. Esta escritura la otorga el Promotor Inmobiliario antes de vender los pisos y locales; o bien por los propietarios en caso de que ya hayan sido vendidos varios inmuebles del edificio.

Este título contiene una descripción del edificio, una descripción de cada vivienda o local, y una cuota de participación de cada inmueble. La cuota es determinada en base a la superficie útil de la vivienda, al emplazamiento interior o exterior, a la situación en el edificio y al uso que se presuma que va a hacerse de dicha vivienda.

  • ¿Qué son los Estatutos de la Comunidad?

Los Estatutos de la Comunidad de vecinos quedan incluidos en el Título Constitutivo de la Comunidad de Propietarios. Este conjunto de normas se establece al inicio de la convivencia vecinal o en un momento posterior y sirven para regular el uso y el destino del edificio, la distribución de gastos comunes, la administración y gobierno de la Comunidad, y las normas sobre seguros, reparaciones y conservación del edificio.

Los Estatutos sólo afectan a los nuevos propietarios si están inscritos en el registro de la propiedad. Se consolidan por consenso, aunque hay ejemplos oficiales para la redacción de los Estatutos de la Comunidad de Propietarios.

Qué son los Estatutos de la Comunidad

¿Qué órganos rigen una Comunidad de Propietarios?

La Comunidad de Propietarios está regida por el Presidente y los vicepresidentes, el Secretario, el Administrador y la Junta de Propietarios.

  • Presidente

El Presidente de la comunidad de propietarios debe ser uno de los propietarios del edificio y debe nombrarse por elección, por sorteo o por turno rotatorio. Para declinar el cargo, deberá presentar un escrito ante el Juez de Primera Instancia señalando los motivos.

  • Vicepresidente

El Vicepresidente puede o no existir, dependiendo de la comunidad de propietarios. En caso de que la Junta de Propietarios manifieste el deseo de que exista una Vicepresidencia, se elegirá de la misma forma que al Presidente.

  • Secretario y Administrador

Los cargos de Secretario y Administrador son ejercidos, de forma habitual, por el Presidente. Hay comunidades de vecinos que, por extensión, deciden en sus estatutos que este cargo se respete y se mantenga independiente.

En este caso, no hay necesidad de que sea un propietario, ya que puede ser nombrado en el cargo un profesional, un administrador de fincas o una asociación dedicada a dicha actividad.

  • Junta de Propietarios

La Junta de Propietarios debe encargarse de nombrar a los cargos de la comunidad; aprobar las cuentas, aprobar los presupuestos y las obras previstas; aprobar y reformar los Estatutos de la Comunidad de Vecinos; además de decidir sobre asuntos de interés en la comunidad.

¿Qué obligaciones tienen los miembros de una Comunidad de Propietarios?

Los miembros de una Comunidad de Propietarios tienen la obligación de:

  • Respetar los espacios comunes.
  • Mantener en buen estado su vivienda o local, buscando no causar perjuicios a la comunidad o a otros propietarios.
  • Consentir en su inmueble o local reparaciones por afecciones a la comunidad.
  • Permitir la entrada a su vivienda o local en casos necesarios.
  • Contribuir con los gastos comunes del edificio.
  • Contribuir con la cuota fijada mensualmente.
  • Usar el inmueble de forma correcta.
  • Comunicar al Secretario o al Presidente de la Comunidad de Propietarios el cambio de titularidad de su inmueble.

En Asesoría Hipólito esperamos que esta información sobre las Comunidades de Propietarios le sea de ayuda. En caso de necesitar más información acerca de la constitución de la misma; o de los Estatutos de la Comunidad de Vecinos, no dude en consultarnos.

Para más información:

La Vanguardia

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