Cómo funciona la plusvalía municipal

Cómo funciona la plusvalía municipal

Cómo funciona la plusvalía municipal

¿Qué es la plusvalía  municipal?

(Por Asesoría Hipólito, su Asesoría en Sevilla)

La plusvalía municipal es un impuesto directo y objetivo que precisamente grava el incremento del valor de los bienes inmuebles que se genera durante el período en el que pertenece al transmitente, y que se pone de manifiesto en el momento de su transmisión (venta, herencia o donación –liquidación de gananciales y extinción del condominio son actos no sujetos o que no pagan-). En definitiva, el hecho imponible del impuesto, para su existencia, es precisamente ese incremento de valor.

A su vez, en el TRLHL (Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales) se establece el método de cálculo para determinar el importe del impuesto, de manera que con dicho método  se encontrará con que es imposible que el valor de un inmueble se estanque o descienda nunca, siendo la realidad actual totalmente diferente. A continuación en Asesoría Hipólito vamos a detallarle en más profundidad toda la información sobre la plusvalía municipal.

¿Qué terrenos tributan en la plusvalía municipal?

En la plusvalía municipal tributan únicamente los bienes de naturaleza urbana, no los de naturaleza rústica. Es decir, únicamente el valor del suelo, no el de la construcción.

El valor del suelo que se tiene en cuenta es, con carácter general, el valor catastral.

Sin embargo, los supuestos de no sujeción más importantes que se dan son:

  • Las aportaciones de bienes y derechos realizadas por los cónyuges a la sociedad conyugal, adjudicaciones que a su favor y en pago a ellas se verifiquen y transmisiones que se hagan a los cónyuges en pago a sus haberes comunes.
  • Transmisiones de bienes inmuebles entre cónyuges o a favor de los hijos, como consecuencia del cumplimiento de sentencias en los casos de nulidad, separación o divorcio matrimonial, sea cual sea el régimen económico matrimonial.
  • Los supuestos de fusión o absorción de empresas o ramas de actividad, cuando implique la continuación en el ejercicio de actividades.
  • Las aportaciones a juntas de compensación, adjudicaciones por reparcelaciones, cesiones urbanísticas obligatorias a los ayuntamientos.

¿Quién tiene que pagar la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal tiene que pagarla:

En caso de transmisiones a título lucrativo (por ejemplo, donaciones o herencias), la persona que adquiera el inmueble o a favor de la cual se constituya o se transmita un derecho real.

En caso de transmisiones a título oneroso (por ejemplo, una compraventa), la persona que transmite el inmueble o la que constituye o transmite un derecho real.

No son aplicables a la Administración tributaria los pactos que pueda haber entre las partes en cuanto al pago de la Plusvalía.

Si la persona obligada en el pago de la Plusvalía es residente en el extranjero, la ley prevé que tendrá que pagar el impuesto el sustituto del contribuyente, que es la otra parte que interviene en el negocio jurídico.

Principales exenciones y bonificaciones:

La exención más significativa es la referente a la transmisión de bienes incluidos en el perímetro delimitado como conjunto histórico-artístico o aquellos que han sido declarados individualmente como bienes de interés cultural, cuando sus propietarios acrediten haber realizado obras de conservación, mejora o rehabilitación.

También quedarán exentas las transmisiones de bienes, cuando la cuantía de la liquidación resultante sea inferior a 6 euros. Esta exención obedece a razones de economía.

En el caso de bonificaciones, la más importante es la referente a las transmisiones por causa de muerte. Esta bonificación es potestativa para el Ayuntamiento y puede llegar hasta el 95% de la cuota íntegra. Los aspectos sustantivos y formales los establecerá el Ayuntamiento en la ordenanza fiscal.

Otra bonificación aplicable es la establecida en la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro, la cual será de aplicación a aquellos bienes ya bonificados en el IBI.

¿Necesita más información sobre la plusvalía municipal? Póngase en contacto con nuestros expertos a través de nuestra página web o redes sociales. Para Asesoría Hipólito nuestro principal objetivo es ayudarle.

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