La información que necesitas sobre prestaciones por maternidad

La información que necesitas sobre prestaciones por maternidad

La información que necesitas sobre prestaciones por maternidad

¿Qué son las prestaciones por maternidad?

(Por Asesoría Hipólito, su Asesoría en Sevilla)

Las prestaciones por maternidad es un subsidio que se reconoce a los trabajadores, durante los periodos de descanso legalmente establecidos, en los supuestos de maternidad, adopción, acogimiento familiar y tutela, siempre que acrediten los requisitos exigidos en cada caso. Se tendrá derecho a subsidio por maternidad a partir del mismo día en que dé comienzo el periodo de descanso correspondiente, de acuerdo con las normas aplicables en cada caso. Las cuantías a percibir por las prestaciones por maternidad se corresponden con el 100% de la base reguladora que tenga establecida el trabajador para la prestación por  incapacidad temporal por contingencias comunes. Si el periodo de descanso se disfruta por los dos progenitores, la prestación estará determinada por la base reguladora de cada uno de ellos en la fecha en que inician el descanso. ¿Necesita más información? En Asesoría Hipólito profundizaremos más sobre las prestaciones por maternidad para ofrecerle toda la información que necesite.

Requisitos para poder cobrar las prestaciones por maternidad

Los requisitos para poder cobrar las prestaciones por maternidad son:

  • Estar afiliado a la Seguridad Social.
  • Estar de alta en el momento de solicitar el descanso.
  • Haber cotizado, dentro de los siete años anteriores al parto, un período mínimo de 180 días.
  • La cantidad que se debe cobrar durante el período de maternidad es el 100% de la base reguladora. La prestación se percibe a partir del mismo día que comienza la baja por maternidad. La base reguladora se calcula dividiendo la base de cotización del trabajador del mes anterior a la fecha del inicio de la baja por maternidad, por el número de días a que dicha cotización se refiere (el mes entero se cuenta por 30 días).

¿Cuándo se inicia el periodo de descanso?

El momento en el que se inicia el periodo de descanso, junto con el cobro de las prestaciones por maternidad,  varía según el supuesto que lo haya originado:

Nacimiento

La maternidad biológica se inicia:

  • En el momento del parto
  • Hasta 10 semanas previas al parto por prescripción médica

Adopción o acogimiento

En el caso de adopción o acogimiento, el permiso de maternidad comienza a partir de la resolución judicial que determina la adopción o el acogimiento.

En los casos de adopción internacional, podrá iniciarse el periodo hasta cuatro semanas antes de la resolución.

Plazos y solicitud de las prestaciones por maternidad

El plazo para solicitar las prestaciones por maternidad se inicia a partir del día siguiente al comienzo del permiso de baja maternal y prescribe a los cinco años.

La prestación por maternidad la gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social INSS o el Instituto Social de la Marina ISM en el caso de Trabajadores del Mar.

Para tramitar el subsidio, los interesados deberán presentar el Modelo oficial de Solicitud junto con la documentación siguiente en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social:

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud de Prestación por Maternidad.

En todos los supuestos

  • Españoles: Documento Nacional de Identidad DNI de los solicitantes.
  • Extranjeros: Número de Identificación de Extranjero NIE junto con el pasaporte o documento equivalente de su país.

Además de los documentos de identificación, será necesario adjuntar al Modelo de Solicitud

Por nacimiento

  • Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud en los siguientes casos:
  • Cuando el descanso se inicie antes del parto.
  • Si fallece el hijo antes de nacer y ha permanecido al menos 180 días en el seno materno.
  • Libro de familia.
  • Si parte del periodo de descanso es cedido al padre, deberá cumplimentarse la hoja número 5 del Modelo de Solicitud.

Por adopción o acogimiento

  • Resolución judicial que reconozca la adopción, tutela o acogimiento.
  • Certificado de IMSERSO u órgano autonómico competente en los casos de discapacidad de menores mayores de 16 años.
  • Libro de familia.
  • Hoja número 5 debidamente cumplimentada del modelo de solicitud cuando el padre disfrute simultáneamente o sucesivamente parte del permiso de maternidad.

Las solicitudes se resolverán en el plazo máximo de 30 días.

¿Necesita más información sobre las prestaciones por maternidad? Póngase en contacto con Asesoría Hipólito para cualquier duda o consulta que quiera resolver. Nuestros profesionales le ayudarán en todo lo que necesite.

Para más información:

Infobierzo

elEconomista

One thought on “La información que necesitas sobre prestaciones por maternidad

  1. María del Carmen

    Llevo dos años en la empresa y me acabo de quedar embarazada. Gracias a vosotros ahora sé qué me corresponde y qué no. Muchas gracias.

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