Modelo 790: ¿Qué es? ¿para qué sirve?

Modelo 790: ¿Qué es? ¿para qué sirve?

Modelo 790: ¿Qué es? ¿para qué sirve?

¿Qué es el modelo 790?

(Por Asesoría Hipólito, su Asesoría en Sevilla)

El modelo 790 es un impreso que permite el abono de tasas en cualquier Banco o Caja que actúe como entidad colaboradora. En la Subsecretaría de Justicia existen dos modelos 790 diferentes: Modelo 790-006 para la solicitud de los certificados de antecedentes penales, actos de última voluntad y de contratos de seguros con cobertura de fallecimiento. El otro es el Modelo 790- 026 de la Subsecretaría de Justicia de solicitud de nacionalidad por residencia y concesión de la nacionalidad a sefardíes originarios de España. Todo esto y mucho más lo explicaremos y desarrollaremos a lo largo de todo el artículo. Además, desde Asesoría Hipólito, le informaremos para qué sirve este modelo, dónde hay que remitirlo o qué es lo que hay que incluir para tramitarlo. Deseamos que le sea de gran ayuda.

Para qué sirve el Modelo 790

El modelo 790 sirve para solicitar:

  • Antecedentes penales.
  • Certificados de últimas voluntades.
  • Contratos de seguros de vida.

¿Cómo se solicita el modelo 790?

Para solicitar el modelo 790, en primer lugar, tiene que poner los datos de la persona que lo quiere solicitar en el apartado que pone “identificación”. Una vez que lo ha rellenado tiene que marcar la opción correspondiente al informe que se solicita: En estas casillas se elegirá la que corresponda entre las casillas 16, 17 o 18. En caso de que quiera que le remitan este informe a su domicilio, marque también la casilla número 19.

En la parte de “Autoliquidación”, habrá que rellenar bien:

  • Los datos de la persona de la que se solicitan los antecedentes penales (casillas de la 20 a la 30).
  • Los de la persona que ha fallecido y de la que pedimos bien las últimas voluntades o bien la relación de los seguros de vida que podía tener (casillas de la 31 a la 37).

Por último tiene que rellenar el importe del ingreso a realizar.

Ahora sólo le queda imprimir el formulario que sale por triplicado: una copia para la entidad financiera donde hará el ingreso, otra para remitir por correo solicitándolo y la tercera que será el resguardo de haber hecho el ingreso de tal solicitud.

¿Dónde se remite el modelo 790?

El modelo 790 se remite en un sobre junto con la documentación complementaria y la envía a la dirección de la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia correspondiente.

Documentación necesaria para el modelo 790

La documentación necesaria para el modelo 790 es:

Para Antecedente Penales: una fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor del solicitante.

Si el certificado se solicita en “representación del interesado”; el representante deberá adjuntar fotocopia compulsada del DNI en vigor cuando se trate de españoles; o su pasaporte o tarjeta de residencia en vigor del interesado al que se representa; y la documentación acreditativa de dicha representación.

Para los certificados de Últimas voluntades y de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento: certificado literal de defunción. La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento.

Desde Asesoría Hipólito deseamos haberle podido ayudar a aclarar todas sus dudas sobre el modelo 790. Para cualquier consulta póngase en contacto con nosotros a través de nuestras redes sociales y página web.

Para más información:

Asesoría Laboral en Sevilla

2 thoughts on “Modelo 790: ¿Qué es? ¿para qué sirve?

  1. José Luis

    Con tantos impresos de tantos números distintos como nombre es un verdadero lío. Pero con los posts que ponéis sobre los modelos tributarios ayudáis mucho a la gente. Muchas gracias.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.