Sociedad Limitada

Sociedad Limitada

Sociedad Limitada

¿Qué es una sociedad limitada?

(Por Asesoría Hipólito, Asesoría en Sevilla)

La sociedad de responsabilidad limitada (SRL), más conocida como Sociedad Limitada (SL) a secas, es el tipo de sociedad mercantil más extendido en España, siendo muy utilizada por pequeños empresarios autónomos que de esta forma limitan su responsabilidad al capital aportado, evitando responder con su patrimonio personal ante las deudas de sus negocios.

El capital estará integrado por las aportaciones de todos los socios, dividido en participaciones sociales, indivisibles y acumulables.

En la Sociedad Limitada sólo podrán ser objeto de aportación social los bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica, pero en ningún caso trabajo o servicios.

Las participaciones sociales no tendrán el carácter de valores, no podrán estar representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta, ni denominarse acciones.

La transmisión de las participaciones sociales se formalizará en documento público.

Características de la Sociedad Limitada

La normativa reguladora de las sociedades limitadas define sus características, siendo las más relevantes:

  • Número de socios: El número de socios en una Sociedad limitada es mínimo de uno, sin existir límite máximo. En el caso de un único socio se crea una Sociedad Limitada Unipersonal. Pueden ser personas físicas o jurídicas.
  • Responsabilidad de los socios: solidaria entre ellos y limitada al capital aportado, de manera que los socios no responden ante las deudas con su patrimonio personal.
  • Clase de socios: En una Sociedad Limitada pueden ser socios trabajadores y/o socios capitalistas.
  • Nombre o Denominación Social: deberá ser un nombre que nadie haya registrado antes (para lo que habrá que efectuar la pertinente consulta en el Registro Mercantil Central) seguido de la expresión Sociedad de Responsabilidad Limitada o de la abreviatura R.L. o de Sociedad Limitada o su respectiva abreviatura S.L.
  • Capital social: el mínimo legal es de 3.000 € totalmente desembolsado, sin existir límite máximo. Puede estar formado por aportaciones monetarias (dinero) o en especie, como por ejemplo un ordenador o cualquier otro bien, siendo necesario disponer de una valoración de ese bien aceptada por todos los socios fundadores.
  • División del capital social: en participaciones sociales, cuya transmisión tiene ciertas limitaciones legales, contando siempre los demás socios con derecho de preferencia frente a terceros.
  • Domicilio Social: lo normal es que sea la dirección en la que se ubica la empresa, debiendo estar en España. Un cambio de domicilio social dentro del mismo municipio puede ser aprobado por el Administrador pero para un traslado de municipio es necesario el apoyo en Junta de Socios.
  • Objeto Social: En una Sociedad Limitada es la actividad o actividades a las que se va a dedicar la empresa. Normalmente se prepara una relación relativamente amplia de actividades, con las inicialmente previstas y otras potenciales,  para evitar gastos administrativos en caso de ampliar actividades.
  • Constitución: mediante estatutos y escritura pública firmados ante notario y presentados posteriormente en el Registro Mercantil. Será necesario detallar las aportaciones que realiza cada socio y el porcentaje de capital social que le corresponde.

Ventajas e inconvenientes de la Sociedad Limitada

Ventajas

  • Una Sociedad Limitada es la solución para pequeñas y medianas empresas con pocos socios y capital inicial (3.000euros).
  • La responsabilidad de los socios es limitada, de esta manera podrá proteger su capital personal.
  • El impuesto de sociedades permite realizar múltiples deducciones.
  • Un solo socio puede construirla (Sociedad Limitada Unipersonal).

Inconvenientes

  • La Sociedad Limitada tiene trámites más complejos en su constitución. La Escritura debe elaborarse ante notario e inscribirse en el Registro Civil.
  • La participación en la sociedad dependerá del número de participaciones de las que se disponga. Si el número de participaciones es bajo, tendrán que aceptar las decisiones de la mayoría.
  • La futura transmisión de las participaciones están limitada en favor de ciertas personas y siguiendo ciertas reglas.

Una vez más, desde Asesoría Hipólito, esperamos haberle ayudado a resolver sus dudas, en este caso, sobre la Sociedad Limitada. Si tienes más preguntas no dude en ponerse en contacto con nosotros.

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